martes, 15 de marzo de 2011

Resumen del libro : Lógica para Juristas (Jaime M. Mans Puigarnau)

Introducción

Antes de centralizar al estudio de la lógica y sus diferentes áreas del conocimiento, tenemos que saber que es la lógica la cual es la parte de la filosofía que trata de las formas del pensamiento y de las leyes por la que se rige para llegar a la verdad.


También se puede considerar como el arte de pensar correctamente, el punto de vista de un jurista sobre la lógica debe ser de un criticismo con fundamento a la realidad.


Para su estudio la lógica está dividida en dos áreas o partes que son:
Lógica formal o pura y Lógica Material o Aplicada.

Lógica Formal o pura que a su vez se divide en lógica elemental que considera los elementos formales del pensamiento, a saber, el concepto, el juicio, raciocinio o razonamiento y la metodología o lógica de la ciencia, que trata de procedimiento  en que debe sujetarse nuestra operación intelectual para obtener el conocimiento de la verdad objetiva.

Lógica Material o Aplicada se ocupara en primer término de la posibilidad de la certeza del conocimiento verdadero, de la valoración crítica de las fuentes del conocimiento y de las terminaciones de los críticos de la verdad



Capítulo I
Sección l
Las Formas Elementales del Pensamiento

Las formas elementales del pensamiento son 3: el concepto, el juicio, y el  razonamiento o raciocinio

A. Consideraciones generales

1.  Concepto; es toda aprehensión de una cosa, comprendiendo también la representación sensitiva o imagen. El concepto lógico, añade al simple concepto los requisitos de claridad, distinción e integridad.

La materia del concepto lógico se compone de los elementos esenciales constitutivos de una cosa: en cambio por forma se entiende  la unión mental o concepción unitaria y abstracta de dichos elementos. La palabra “idea” se toma y puede ser sinónimo de concepto.

2. Comprensión o cualidad y extensión o cantidad de los conceptos

Comprensión o ecualidad de un concepto es el contenido ideológico del mismo. Extensión o cantidad un concepto es el conjunto real de objetos individuos  a los que dicho concepto conviene y abarca. En conclusión la comprensión y la extinción de los conceptos están en razón inversa (a mayor comprensión menos extensión y viceversa).

 B. División y Doctrina de la Lógica del concepto

3. División de los conceptos por razón de su comprensión

En primer lugar se dividen en simples y compuestas. Los compuestos son aquellos que su contenido se forma por dos notas: nota común y nota propia un ejemplo de nota común del concepto “hombre es “animal y la propia es “racional”.

Los conceptos simples: es aquel que comprende una sola nota, ej. El concepto hombre, las notas propias son sensible, viviente, corpóreo y sustancial quedara al fin la nota “ser” en la que por lo mismo que no se da composición, constituye un concepto simple.

Igualmente pueden ser abstracto y concretos también desde el punto de vista de su comprensión se dividen en absoluto y relativo.

4. División de los conceptos por razón de su extensión

Desde el punto de vista de su cantidad o extensión se dividen en singulares y universales. Los conceptos singulares son la que pueden ser predicativos de un ser. Los conceptos universales son colectivos cuando solo se pueden predicar de un conjunto de individuo en cuanto tal.

5. Subordinación y coordinación de los conceptos

Están coordinados aquellos conceptos que participan de la misma nota común y tienen diversas notas propias que les distinguen esencialmente entre si, y están subordinados conceptos que se disponen debajo de otros mas amplios o subordinantes.

6. Árboles lógicos

Los series de conceptos subordinados y coordinados se expresan gráficamente mediante arboles lógicos de los cuales el mas celebre es el pafirio.

7. Genero, especie e individuo

Genero: es un concepto subordinante considerado en cuanto tal, a saber, según es un concepto de sentido más amplio y por ende de menos comprensión cualitativa y de mayor extensión cuantitativa que los subordinantes.

Especie: es un concepto subordinado considerado en cuanto tal a saber, según que es un concepto de sentido menos amplio, y por ende de mayor comprensión cualitativa y menos extensión cuantitativa que el concepto genérico.

Individuo: es un ente singular en cuanto se halla colocado dentro de una especie, de la cual tiene toda su comprensión y a la cual pertenece como miembro a saber como unidad de la cantidad o extensión de la misma.

8. Nota Diferencial

Esta constituye la diferencia especifica, que expresa la realidad particular por la cual la cosa se distingue y separa esencialmente de todas las demás cosas que no participan de la misma esencia que ella.

9. Predicables o categoremas

Las predicable son los diversos modos con que una noción puede ser afirmada de los objeto universal de la cuales no hay de los objeto, y fuera de las cuales no hay manera que dicha noción universal pueda ser predicada de los individuos. Pofiro los redujo a estos cinco, aceptado como enumeración exhaustiva por la diferencia proprium, accidens.

10. Predicamentos o categorías

Representan los modos con que un concepto o noción universal puede ser afirmado de las cosas, los predicamentos o categorías, construcción originariamente ontológica, constituyen los mismos modos de ser de las cosas, los cuales tienen verdadero valor objetivo. Es por consiguiente incuestionable que el principio de las categorías ese el ser de la cosas, solamente el ser puede considerarse como principio general. Considerando las categorías como función lógica. Hemos de decir que representa los géneros supremos.


11. Enumeración de las categorías

Las categorías conforme al esquema de Aristóteles, son diez la categoría de sustancia y nueve categorías de accidente: por ello algunos estiman que las categorías podrían reducirse a dos primordiales sustancias y accidentes, porque una cosa o existe en si misma o existe en otra como sujeto.

Las categorías de Aristóteles son las siguientes: sustancia, cantidad, cualidad, relación, localidad, temporalidad, situación, hábito, acción y pasión.

Por su parte Kant considera que el principio de las categorías no es el mismo ser: estas son cuatro que agrupan de tres doce concepto: cantidad (unidad, pluralidad, localidad), cualidad (afirmación, negación, limitación), relación (sustancia, causalidad, comunidad), modalidad (realidad, posibilidad, necesidad).

12. Categoría de sustancia

Sustancia significa lo que esta abajo y por lo tanto los accidentes. Se entiende, por sustancia, el ser que existe en si y no en otro como es un su sujeto de inherencia. La división de la sustancia tiene mayor interés desde el punto de vista lógico, es en sustancia primera o singular y sustancia segunda o universal.

La sustancia singular es toda sustancia individual y por ende existente en la realidad,  por ejemplo un hombre determinado.

13. Categorías de accidente

Accidente significa aquello sobreviven a la sustancia y en ella se recibe:

a)  Cantidad: es el accidente por el cual a sustancia esta dividida en partes, cada una de las cuales están fuera de la otra. Puede ser continua que las propias, de las cosas cuyas partes constituyen un solo ser físico (magnitud); y discreta que es la propia de aquellas cosas cuyas partes están realmente separadas  (multitud); sus propiedades son, tienen contrario, no ser susceptible y construir un fundamente de igualdad o desigualdad.

b) Cualidad: es una realidad que determina la sustancia en cuanto a un ser o en principio de operaciones, sus propiedades son; tener contrario, ser susceptibles, ser fundamento de la semejanza.

c) Relación: es un accidente realmente distinto al sujeto en que se recibe, que consiste en la orden o respecto de una cosa. Sus propiedades son no tener contrario y no ser susceptible.

d) Localidad: es el modo de ser de la sustancia de la corpora, en virtud del cual esta ocupada un lugar, hallándose contenida en el.

e) Temporalidad: es el modo de ser de la sustancia que dura. Duración es la permanencia de un ser en la existencia. Tiempo es la permanencia en la existencia de los seres mudable que implica sucesión de prioridad.

f) Situación: o posición es el accidente resultante del orden de las partes de una sustancia corpórea, ocurre que una persona, al ocupar un lugar puede estar de pies, sentada, etc.

g) Hábito: consiste en el accidente que recibe una sustancia en virtud de la aplicación o yuxtaposición de la misma.

h) Acción y Posición: acción es la realidad con que potencia activa pone actualmente aquello a que por su naturaleza esta ordenada, pasión: es la recepción de dicha realidad por el sujeto de la potencia pasiva.

 C. El concepto y el Término

14. Relación entre el concepto y el término:

 El término es la expresión del concept. El modo como el concepto es el signo intelectual de las cosas que constituye su objeto, así el termino es el signo lingüístico del concepto, y el concepto es el correlato mental del termino signo es aquello que nos indica o manifiesta la cosa a que se refiere, puede la cosa significada en relación a la fundada en la naturaleza de ambos (el signo de la risa) signo convención es el establecido por acuerdo entre nombres ( el signo de la bandera es la patria, signo formal, es el que sin previo conocimiento nos indica la cosa significada (un retrato), signo objetivo, es el que requiere un previo conocimiento del mismo, signo.

15. División de los términos

Los términos pueden ser unívocos, equívocos y análogos. Univoco es el que requiere es el que se refiere a distintas cosas en el mismo sentido (la naranja, es una fruta, el termino univoco corresponde a la misma palabra con el mismo significado.

Termino equivoco es el que se refiere a la misma o a distintas cosas en diverso sentido. Este animal es un gato corresponde a palabras iguales con diversos significados. Termino análogo es el que se refiere a distintas cosas en sentido originariamente distintos, (esta piel es áspera, tal clima es áspero, el termino análogo corresponde a palabras iguales con significados semejantes.

Los temimos se dividen también en simples (palabras que por si sola es suficiente para expresar un concepto y compuesto (conjunto de dos o mas palabras que expresan un concepto).

Sección ll
El Juicio

A. Consideraciones Generales

1. El juicio es la operación intelectual por ~; no sólo porque el concepto originaria y prácticamente se forma en virtud de una suma de juicios, sino porque de la comparación de juicios se infieren, por vía inductiva o deductiva, nuevos juicios, de suerte que en torno al juicio polarizan los demás actos del entendimiento, y por consiguiente la teoría del juicio constituye el tema central de la Lógica.

Los juicios se componen de conceptos, éstos han de estar relacionados de tal forma que no constituyan una mera sucesión. Todo juicio debe ser verdadero o falso.

En conclusión, podemos decir que el juicio es la operación intelectual por medio la cual, comparando dos conceptos, pronunciamos la conveniencia o la repugnancia del uno respecto al otro, es decir, afirmamos o regamos un concepto otro.

2. Elementos del juicio:    encontramos dos elementos los dos conceptos que comparan y la misma razón de conveniencia. Ahora bien; el concepto al que atribuimos o excluimos otro, se llama sujeto (s), el concepto atribuido o excluido se denomina predicado (p) copula es el de otro o, en termino mas precisos, de afirmar o de negar el predicado del sujeto. La relación entre le sujeto y predicado es una relación de inherencia.

Materia y forma del juicio: los conceptos (sujeto y predicado) que se relacionan mediante el acto de juzgar, constituyen la materia del juicio; y la misma relación entre ambos constituye la forma de aquel.

 B. División y reglas lógicas del juicio

1. División clásica de los juicios

Cualidad        Afirmativa y Negativo.
Cantidades        Universales, particulares y singulares.
Relación           Categorías, hipotéticos y disyuntivo.
Modalidad         Asertorios, problemático y apodícticos.

2. División de los juicios por su cualidad

Estos se dividen en afirmativos y negativos.

En el juicio afirmativo el predicado es atribuido al sujeto; en el juicio el predicado es excluido por el sujeto. En el juicio afirmativo el predicado se atribuye al sujeto según toda su compresión, pero no siguen toda su extensión. En el juicio negativo el predicado se excluye del sujeto según toda su extensión.

3. División de los juicios por su cantidad

La cantidad de un juicio es la extensión con que el sujeto se toma en tal juicio y por consiguiente la cantidad de un juicio se determina por la extensión del sujeto. Los juicios universales, particulares y singulares. El juicio universal es aquel en que el sujeto se toma en toda su extensión, el juicio particular es aquel en que el sujeto es tomado en parte de su extensión; y el juicio singular es el que por sujeto se toma uno o varios individuos entre los que caen bajo la extensión de cierto concepto.

4. División de los juicios por su relación

Fundamentalmente se divide en categóricos hipotético y disyuntivo. Categóricos son aquellos en que el predicado se afirma o se niega del sujeto de manera absoluta o incondicional.

Hipotético, es en el que el predicado se afirma o se niega del sujeto bajo condición, ejemplo “el hierro si se calienta se dilata; y disyuntivos, son los juicios en los cuales se pronuncia de varios predicados. Este ultimo puede ser contradictores (cuando el predicado consta de dos conceptos contradictorios) disyuntivos contrario es aquel cuyo predicado consta de dos conceptos contrarios. Finalmente, el llamado juicio conjuntivo es una forma especial de los juicios disyuntivos, consiste en declarar que a un sujeto no le pueden convenir dos predicados opuesto.

5. División de los juicios por la modalidad.

Con arreglo a al modalidad los juicios correlativamente se dividen en problemáticos, asertorios y apodícticos. El juicio problemático será, pues aquel en que la relación de inherencia del predicado al sujeto es concebida como meramente posible. El juicio asertorio es aquel que dicha relación es concebida como real y el juicio apodíctico es aquel en que la repetida relación es concebida como necesaria.

6. Otras clases de juicio

Juicio analítico: son aquellos en que el atributo esta contenido en el sujeto, es decir en que se predica una de las notas esenciales del sujeto; se comprueban una necesidad de recurrir a la experiencia.

El juicio de existencia o de realidad enuncia simplemente un hecho, ej. “Pedro esta enfermo”. Los juicios de valor implican una apreciación del hecho enunciado, de suerte que el predicado importa una calificación del sujeto, ejemplo “estas señoritas son agradables”.

Formas típicas de los juicios categóricos atendidos su cualidad y cantidad.

1)  Juicio Universal Afirmativo
2) Juicio Universal Negativo
3) Juicio Particular Afirmativo
4) Juicio Particular Negativo


7. Relaciones entre las cuatro formas típicas de juicio categórico según sea su cualidad o cantidad.

 Partiendo del supuesto de que los juicios categóricos tengan en cada una de sus cuatro formas típicas el mismo sujeto y el mismo predicado, de tal suerte que tan sólo difieran entre sí, según sean universales o particulares y, en su caso, afirmativos o negativos; estos juicios guardan entre sí una relación, bien de oposición, bien de subalternarían.

 Oposición la relación que media entre dos juicios de los cuales uno niega lo que afirma el otro, y viceversa.

 Subalternarían la relación que media entre dos juicios de los cuales uno de ellos contiene al otro según el todo contiene a la parte, o el segundo está contenido en el primero, según la parte está contenida en el todo.

La oposición entre los juicios puede ser contradictoria, Contraria y subcontraria.

Juicios contradictorios son aquellos cuya oposición con­siste en que el uno es la negación del otro, pero sin más, es decir, sin expresar más que lo suficiente, o expresando solo lo mínimo, para que la negación se prodúzcala con­tradicción se da entre los juicios que difieren por su cualidad y su cantidad, a saber, entre universal afirmativo y el par­ticular negativo, y entre el universal negativo y el particular afirmativo.

Juicios contrarios son aquellos cuya oposición consiste en que el uno niega al otro, pero expresando la negación hasta el máximo, es decir, todo cuanto sea posible de ella. La contrariedad se da entre los juicios universales que di­fieren sólo por su cualidad, es decir, entre el juicio universal afirmativo y el universal negativo.

Finalmente, juicios subcontrarios son los que se oponen entre sí por razón de ser subalternados de dos juicios con­trarios, y como los juicios subalternados se han respecto a sus subalternantes al modo como la parte se ha respecto al todo, los juicios subcontrarios son ambos particulares y difieren solamente entre sí por razón de su cualidad, es decir, en cuanto el uno es afirmativo y el otro negativo.

8. Reglas aplicables a la relación de los juicios opuestos y subalternos por razón de su verdad o falsedad.

a) Regalas relativas a juicio contradictorios .por imperio del principio de contradicción, “Los juicios contradictorios no pueden ser ambos verdaderos, ni ambos falsos, sino que necesariamente uno de ellos ha de ser verdadero y el otro falso; y por consiguiente, de la verdad de uno de ellos se infiere necesariamente la falsedad del otro, y de la falsedad de uno se sigue necesariamente la verdad del otro.

b) Regías relativas a los juicios contrarios. Los juicios contrarios no pueden ser ambos verdaderos, pero pueden ser ambos falsos, o uno verdadero y el otro falso; y por consiguiente, de la verdad de un juicio se infiere la falsedad del contrario, pero de la falsedad de uno no puede inferirse la verdad ni la falsedad del contrario.

c)  Reglas relativas a los juicios subcontrarios. Los juicios  subcontrarios no pueden  ser ambos falsos,  pero pueden ser ambos verdaderos, o uno verdadero y el otro falso; y por consiguiente, de la falsedad de uno puede infe­rirse la verdad del otro, pero de la verdad de uno no puede inferirse la falsedad ni la verdad del otro.

d) Reglas relativas a los juicios subalternos. Los juicios subalternos pueden ser ambos verdaderos, ambos falsos, o uno verdadero y el otro falso; y por consiguiente, de la verdad del juicio subalternante se infiere la verdad del juicio subalternado, pero no viceversa; y de la falsedad del juicio subalternado se infiere la falsedad del subalter­nante, pero no viceversa.

9. Conversión y contraposición de juicios.

a) Con­versión: Conversión es la inversión o transposición del sujeto y del predicado de un juicio, conservando éste su cualidad. El juicio sobre el que se opera la conversión se llama convertido, y el que resulta de la conversión, con­vertiente.

b)    Contraposición: Contraposición es la inversión transposición del sujeto y del predicado de un juicio, de odo que no el mismo concepto del predicado si no su contradictorio, pasa al lugar del sujeto, mientras éste, sin más, pasa al lugar del predicado, alterándose la cualidad del juicio. El juicio sobre el que se opera la contraposición se llama contrapuesto, y el resultante de la contraposición, contraponente.

d) Reglas sobre la verdad y la falsedad de los juicios resultantes de la conversión y la contraposición.

Supuesto que la conversión y la contraposición se hayan verificado legítimamente, veamos ahora las reglas relativas a la verdad y la falsedad de los juicios convertientes y contraponentes según sean verdaderos o falsos los juicios convertidos o contrapuestos.

1. En cuanto a la conversión simpliciter.
2. Respecto a la conversión per accidens.
3. Por lo que atañe a la contraposición.



C. El Juicio y la Proposición

14. Relación entre el juicio y la proposición

 Así como el lenguaje es la expresión del pensamiento y el tér­mino es la expresión del concepto, así también la proposición es la expresión del juicio. Del mismo modo que el término corresponde gramaticalmente al nombre, la proposición, de ordinario, es correlativa de la oración gramatical

Hay varias clases de proposiciones. Se denominan sim­ples las que expresan un solo juicio («la prudencia es una virtud»). Compuestas son las que expresan dos o mas juicio? («el hombre es responsable, porque es libre.),

Las proposiciones simples se subdividen en definidas e indefinidas.

Las proposiciones compuestas se subdividen en proposiciones solo realmente compuestas, y real y manifiestamente compuesta.

Sección lll
El Razonamiento o Raciocinio

1. El razonamiento: es la operación intelectual en virtud de la cual pasamos de una cosa conocida a otra desconocida.

2. Elementos del razonamiento. Las cosas cono­cidas de las cuales parte el razonamiento, o si quiere, los juicios dados desde los cuales pasa o discurre a un nuera juicio, constituyen el antecedente; y aquella cosa que a trata de conocer, partiendo de lo ya conocido, se denomina consiguiente.

3. Materia y forma del razonamiento. De los ele­mentos indicados, las cosas ya conocidas, o los juicios de que se parte, y la nuevamente conocida en consideración a aquéllas, o el nuevo juicio inferido de los que han sido dados, a saber, el antecedente, y el consiguiente, constituyen la materia del razonamiento. Y la ligazón, el vínculo o la ilación entre el antecedente y el consiguiente, o sea el paso o recorrido legítimo del antecedente al consiguiente, en una palabra, la consecuencia, constituye la forma del razona­miento.

4. Clases de razonamiento. Este nexo o vínculo de unión entre el antecedente y el consiguiente, o como también hemos dicho, el recorrido legítimo del primero al segundo, puede seguir dos sentidos o direcciones opuestas. Puede, en efecto, partir de verdades o juicios generales para des­cubrir, otra verdad o inferir un nuevo juicio, más particu­lares, o sea, descender de unos conocimientos generales a otros particulares; o puede, por el contrario, partir de ver­dades o juicios particulares para alcanzar otros más gene­rales, esto es, ascender de unos conocimientos particulares a otros generales.

5. El silogismo: es el esquema formal del raciocinio deductivo, y puede definirse como la forma técnica del raciocinio en virtud del cual inferimos un juicio o proposición de otro juicio o proposición, mediante un tercero

6. División fundamental del silogismo. De la misma manera que los juicios por razón de la relación, o sea por el modo como el predicado es afirmado u negado del sujeto, se dividen en juicios categóricos, hipotéticos o disyuntivos, así también, tratándose del silogismo, es primordial la di­visión conforme a la cual éste puede ser asimismo categó­rico, hipotético y disyuntivo; y la razón de esta división fundamental del silogismo es la misma de que parte la homologa división del juicio, a saber, la correspondencia a la forma de la relación de los juicios con que se enuncian los primeros principios o principios fundamentales del pen­samiento, a saber.
7. Modos silogísticos.  Son  las distintas formas que, con independencia de la posición del término medio, pueden presentar los silogismos según sean la cantidad y la cuales de las proposiciones de que se componen.

8. Silogismo hipotético.

El silogismo hipotético es aquel cuya premisa mayores una proposición hipotética. Es, pues, un silogismo condicional. Si da la hipótesis o la condición, se dará lo supuesto o condicionado.
9. Silogismo disyuntivo. Y  fundamento. El silogismo disyuntivo es aquel cuya pre­misa mayor es una proposición disyuntiva. Es, pues, un silogismo alternativo. Si se da un extremo de la alternativa, no se dará el otro o los otros extremos.
El fundamento del "silogismo disyuntivo estriba en el principio del tercio excluso o exclusión de medio entre dos extremos.

 10. Silogismo abreviado. El entimema.  El entimema, que es aquel en el cual se sobreentiende una premisa, la cual por lo tanto se silencia, expresándose tan solo la otra, debiendo suplirse mentalmente la omitida.

11. Silogismo compuesto o polisilogismo, Epiquerema, Sorites, Dilema
Silogismo compuesto o polisilogismo, el cual se compone de varios silogismos simples dispuestos de tal manera que el posterior prosiga la consecuencia ini­ciada o ya continuada en el anterior hasta llegar a la conclusión deseada.

Los polisilogismo se llaman puros si los silogismos simples que los componen son de la misma clase (por ejemplo, todos categóricos, o todos hipotéticos), y mixtos, si en la serie coexisten silogismos simples de distinta especie por ejem­plo, categóricos y disyuntivos).

Figuras relevantes de silogismos compuestos incom­pletos son el epiquerema, él sorites y el dilema.

Sorites es un polisilogismo abreviado en el cual se sobreentiende la conclusión de cada uno de los silogismos que lo componen, con excepción del último. El sorites puede formarse de dos maneras, a saber: 1., tomando el predicado de cada proposición como sujeto de la siguiente, siendo idénticos los sujetos de la primera premisa y de la conclusión y los predicados de ésta y de la última premisa; y 2.', tomando el sujeto de cada pro­posición como predicado de la siguiente, siendo idénticos los predicados de la primera premisa y de la conclusión, y los sujetos de ésta y de la última premisa.


 Dilema es un polisilogismo cuya pre­misa mayor es una proposición disyuntiva, de cuyos extremos, establecidos condicionalmente en la premisa menor, se saca la misma consecuencia, para acabar concluyendo que aquella consecuencia conviene a todos los extremos de la disyunción.

C. Razonamiento Inductivo

12. Razonamiento Inductivo es la clase de razonamiento en virtud del cual pasamos de lo particular a lo universal, de lo especial a lo general. En una palabra, la inducción posibilita el tránsito de la casualidad a la causalidad, pues no en vano la ciencia I se considera como el conocimiento de las cosas por sus I causas.

13. Leyes de la Inducción

Tales leyes son:

1.  Ley de presencia. Si siempre que se presenta un fenómeno se produce otro
2."   Ley de la ausencia.   Si siempre que está ausente un agente deja de producirse un fenómeno.

3." Ley de las variantes. Si siempre que varía un agente varía en la misma proporción un fenómeno, puede inferirse que tal fenómeno puede ser producto de aquel agente.

D. El raciocinio y el Argumento

Relación entre el raciocinio y el argumento.  Así como el lenguaje es la expresión del pensamiento, la proposición es la expresión del juicio y el término es la expresión del concepto, así también el argumento es la expresión del raciocinio.

Capítulo II
Metodología
El método

 1. Método en general. Se entiende que existe un mé­todo siempre y cuando se sigue un cierto «camino», esto es, un procedimiento  trazado con arreglo  a un plan, para alcanzar un fin propuesto previamente. Este fin puede ser el conocimiento o hasta alguna actividad meramente prác­tica. Es alcanzar el conocimiento en general.

El método trata de superar el azar, pues ante todo es un orden consistente en un conjunto de reglas.

2. Método científico. Noción y clases.  El procedimiento a que debe sujetarse nuestra mente para alcanzar el conocimiento, el métoit científico será el citado procedimiento ordenado a conseguir el conocimiento científico, esto es, el conocimiento general, verdadero y cierto, y por consiguiente consistirá en el coa-junto de reglas para la investigación de las verdades que constituyen el objeto de las diversas ramas del saber y para su disposición articulada.

No basta simple empleo de un solo método para una determinada rama científica, sino que por lo regular se requiere el empleo de dos o más métodos combinados, o si se quiere de métodos mixtos.

a)    Métodos analítico y sintético. — El método analítico procede del todo a las partes, de lo compuesto a sus ele. mentos componentes;  así que dicho método consiste en descomponer un ente en sus elementos constitutivos a fin de conseguir, previo el conocimiento del todo, el conoci­miento de las partes que lo integran.

El método sintético, por el contrario, procede de las partes al todo, de los elementos componentes al ente com­puesto; así que dicho procedimiento consiste en integrar en un ente sus elementos constitutivos a fin de conseguir el conocimiento del todo mediante el previo conocimiento i de las partes que lo componen.

b)    Métodos inductivo y deductivo. — El método será inductivo o deductivo, según se sirva preferentemente del razonamiento inductivo o del deductivo. Hay ciencias que, por lo regular, reclaman el método inductivo: tal es el caso de las ciencias de la naturaleza, cuyas leyes solamente st descubren mediante la inducción; en cambio, son muchas las ciencias del espíritu o de la cultura a las que conviene | preferentemente el método deductivo.

c)  Métodos racional y experimental. Método racio­nal es el que se ordena a la captación de la esencia; y mé­todo empírico es el que se dirige a la comprobación de los fenómenos. El método racional se aplicará con preferencia a aquellas ciencias que operan sobre conceptos abstractos, por ejemplo las matemáticas

d)   Métodos heurístico y didáctico. Es muy distinto el orden del procedimiento a seguir, tratándose del método de invención, es decir, del ordenado a la investigación y descubrimiento de las verdades científicas, llamado método heurístico, que tratándose del método de enseñanza, o sea, del dirigido a la comunicación o transmisión a los demás de las verdades ya previamente conocidas, llamado método didáctico, pues en este último supuesto muchas veces conviene partir de lo que lógicamente ha sido el final del pro­ceso de investigación.



Sección II
Los Instrumentos lógicos de la construcción Científica

 1. Definir: significa delimitar o deslindar, es decir, señalar los límites de una cosa para distinguirla de las demás. La definición es, pues, la determinación de un concepto.


Que la definición es la explicación. Clara y precisa de un concepto.

2.   Definición nominal y definición real. Hay dos clases de definición: nominal y real.

La definición nominal consiste en la declaración o explicación del significado de una palabra o del sentido en que se emplea para la designación de una cosa.

La declaración o explicación del  significado de una palabra puede hacerse por su etimología, explicando la sig­nificación de las voces de que procede, y por la acepción, aplicando el sentido en que. La palabra es empleada según sus diversos usos.

La definición real consiste en la declaración o expli­cación directa de lo que una cosa es y de lo en que se distingue de las demás cosas.

3.  Clases de definición real. La definición real puede ser descriptiva, genética y esencial.

4. Clases de definición real
Puede ser descriptiva, genética y esencial.

La definición descriptiva o descripción consiste en la explicación de lo que sea una cosa mediante la indicación de las llamadas propiedades y aun veces de ciertos de accidentes propios v privativos de dicha cosa, que permiten distinguirla de las demás (pues este requisito constituye una condición indispensable de todas las definiciones), pero sin enunciar los elementos constitutivos de la esencia de la cosa descrita.

Definición Genética es la que explica una cosa según su propia esencia, y mediante la cual conocemos lo que es una cosa, mostrándose como nace o se produce.

Definición esencial: Es la que explica una cosa según su propia esencia, y mediante la cual conocemos lo que la cosa esencialmente es.

5. Reglas de la definición.  Las reglas clásicas de la definición son las siguientes:

1. Lo definición ha de ser más clara que lo definido, pues en otro caso huelga la definición.

2. Lo definido no puede entrar en la definición), ya que en tal supuesto se daría una simple tautología que no aclararía el concepto de la cosa.

3. la definición debe comprender todo, sólo y siempre lo defi­nido), lo cual quiere decir que la definición debe ser ade­cuada para la totalidad de lo definido, comprendiéndolo en todas sus partes, y debe referirse exclusivamente a él, de tal suerte que la definición no puede ser más amplia ni más estricta que lo definido.

4.  La definición no debe ser negativa, lo cual significa que no puede definirse una cosa diciendo lo que la cosa no es, sino que debe decirse lo que la cosa es.
B. División

6. La división: consiste en la separación mental de las partes de que consta un todo, considerado desde un punto de vista determinado.

La división nominal consiste en la separación de las diversas acepciones con que una palabra puede ser tomada; distinción, es el acto de concebir claramente una cosa en cuanto es diferente de otra, esto es, el acto por el cual se conoce una cosa como diversa de otra; clasificación, es una serie ordenada de divisiones y subdivisiones sucesivas, resultante de dividir a su vez los miembros de una división principal, y así suce­sivamente, y análisis es et resultado de la descomposición de un ente en sus elementos constitutivos.

7. Elementos de la división. Los elementos de la división son: 1. el todo divisible 2. Los miembros de la división, o partes en que el todo se divide  y 3. El fundamento de la di­visión, o sea, el aspecto o punto de vista desde el cual el todo se divide.

C. Sistema

8. Noción.  Sistema es un conjunto único y orde­nado cuyos componentes son coherentes y solidarios entre sí. El sistema implica siempre la subordinación y la coor­dinación de sus elementos. Requiere, por lo tanto, un prin­cipio superior al que sus componentes estén subordinados, no bastando, por ende, la mera coordinación entre ellos.


9. Sistema científico. Un sistema científico, será el complejo ordenado de conocimientos, subordinados a principios superiores y coor­dinados entre sí, y extensivo a la totalidad de los temas sobre los que versa una determinada rama del saber; y formalmente, la misma disposición u ordenación de los conocimientos que constituyen el contenido de una ciencia, de tal suerte que los particulares se subordinen a los gene­rales y se coordinen entre sí según las leyes lógicas de la subordinación y coordinación de conceptos.














Capítulo I
Consideraciones Generales

1. Información Interna y proyección externa del pen­samiento. Estudiadas las formas elementales del pensa­miento y las figuras lógicas de la metodología, pasemos ahora a aplicar estos esquemas a la realidad de nuestro conocimiento desde un doble punto de vista, a saber, en su aspecto inmanente, en cuanto nuestro conocimiento se informa, y tal información permanece, esto es, se incoa y termina en el sujeto cognoscente sin trascender de él; y en su aspecto transitivo, en cuanto, trascendiendo del sujeto pensante, nuestro conocimiento se manifiesta, y en virtud de tal manifestación se transmite o comunica a otros sujetos, es decir, en cuanto nuestro propio conocimiento se inter­cambia y contrasta con el conocimiento ajeno.

2. Criteriología. Bajo el aspecto inmanente, consi­deramos, ante todo, especialmente las posibilidades subje­tivas de llegar a la certeza de la posesión de la verdad y a la efectiva superación de la duda, o estado anímico de incertidumbre; en segundo lugar, valoramos las fuentes del conocimiento, y especialmente las posibilidades obje­tivas de alcanzar la verdad y apartarnos del error; y como resultado de dicha valoración tomamos conciencia de lo que sea el criterio, considerado como la orientación o ins­piración de nuestro pensamiento, a saber, como la razón interna que ilustra el entendimiento para distinguir Jo verdadero de lo falso y como el motivo que le induce a asentir o disentir, a creer o a no creer, no sólo como regla

Dialéctica. Bajo el aspecto transitivo, conside­ramos el conocimiento en su estructura y manifestación extrema, como expresión del razonamiento mediante el len­guaje y por ende corno instrumento del diálogo, en cuanto a través del mismo se pretende la comunicación de nuestros conocimientos a las demás personas, para conseguir no la propia certeza, sino la convicción ajena. Mientras el criterio informa nuestro propio entendimiento sin tras­cender de él, el argumento actúa sobre el entendimiento ajeno, ora con un fin polémico, para defender un aserto propio y evidenciar su verdad, o para refutar el del adver­sario y rectificar su error, ora con un fin didáctico, para adoctrinar a otras personas y suplir su ignorancia, como el maestro respecto a los discípulos, el autor respecto a los lectores, etc.

Como sea que en una obra insigne, de palpitante actua­lidad, al referirse a la finalidad del argumento, se emplean, sin distinción satisfactoria, los términos convencer y per­suadir, debemos recalcar que el fin del argumento es U convicción y no la persuasión del adversario. La convicción opera sobre el entendimiento, la persuasión sobre la vo­luntad. El instrumento de la convicción es el argumento-, el de la persuadan, el consejo. El abogado, al evacuar la consulta de un cliente, formula un consejo, señalándole una norma de actuación práctica, siquiera el consejo esté fundado en argumentos que puede instrumentar en un dictamen. El argumento trata de patentizar la verdad de lo que se ha de creer, el consejo, la conveniencia de lo que se ha de hacer.

Capítulo II
Criteriología
Sección I

Posibilidad de la certeza del conocimiento verdadero

1. Precisiones terminológicas.  Los conceptos se pre­cisan por contraposición y por distinción.

El estudio de la criteriología requiere tam­bién determinadas contraposiciones y distinciones de con­ceptos, y en especial, de conocimiento e ignorancia, de verdad y error, de certeza y duda, cuyas contraposiciones facilitan la distinción de la verdad y la certeza, de la igno­rancia y el error, del error y la falsedad, lo cual permite precisar que el conocimiento verdadero puede ser dudoso, que el conocimiento erróneo puede ser psicológicamente cierto, que la ignorancia no presupone el error, pero sí viceversa, etc.

2. La verdad y el error.

La verdad, es la conformidad del conocimiento con su objeto, o más generalmente la adecuación entre el entendimiento y la cosa o entre el pensamiento y la realidad.

La verdad: conformidad o adecuación entre el conocimiento y el objeto, o viceversa.
Hay 2 tipos de verdad: La lógica y la ontológica o formal.

 Verdad lógica es la conformidad o adecuación del entendimiento con su objeto, o del pensamiento con la realidad.

Verdad formal es el acuerdo o conformidad del pen­samiento consigo mismo, de tal suerte que no exista una contradicción intrínseca en el acto u operación intelectual. Tal es la verdad que asegura la Lógica formal.

3. Estados anímicos con relación a la verdad.
Son los siguientes:

a) Certeza. — La certeza es el estado mental de se­guridad, y por tanto de firme adhesión o asentimiento a la verdad de una proposición, fundado en una razón que excluye completamente y por ende libera del temor de la verdad de la contradictoria.
b) duda
c) opinión

Sección II
Las fuentes del conocimiento y el criterio de la verdad

I. Fuentes del conocimiento. Partiendo de la posi­bilidad de que nuestro entendimiento consiga alcanzar na­turalmente la certeza del conocimiento verdadero, procede ahora considerar los medios naturales que nos proporcionan tal conocimiento, o sea las fuentes de donde mana el cono­cimiento cierto de la verdad.

Tales fuentes del conocimiento son la experiencia externa o los sentidos externos, la experiencia interna, la conciencia o el sentido íntimo, el sentido común natural, la evidencia intuitiva o discursiva y la autoridad; o más brevemente, las fuentes de conocimiento generalmente ad­mitidas son la experiencia, la conciencia, el sentido común, la evidencia y la autoridad.

2. Criterio de la verdad.  El criterio de la verdad constituye una de las figuras lógicas más sutiles y delicadas,  En su sentido propio.

3. Los distintos criterios de la verdad.
Son los si­guientes:

a) Criterio de los sentidos o de la experiencia ex­terna.
b) criterio de la conciencia o de la experiencia interna.
c) criterio del sentido común.
d) criterio de la evidencia.
e) criterio de autoridad.

4.    Causas del error y precauciones que deben adoptarse para no caer o permanecer en  él. Los distintos criterios estudiados, por cuanto su función es la de inclinar el entendimiento hacia la verdad, por ello mismo tienda 3 apartarla del error; mas considerando la cuestión desde el punto de vista negativo, es conveniente examinar las distintas causas y ocasiones de error, y paralelamente las precauciones chic  han cíe tomarse para evitarlo o. en su caso, salir de él.

En primer lugar los sentidos, que nadie duda que pueden encañarnos, cían a veces ocasiones de error, el cual con todo será evitado por aquel que tenga presentes las condiciones a que ha de someterse el debido uso de los dalos que proporcionan para que puedan servil de regla segura del juicio, pues no pocas veces el error no proviene direc­tamente de los sentidos, sino de la defectuosa interpre­tación de los elementos que suministran a nuestro enten­dimiento.

El excesivo amor propio es también fuente de error, en el cual no incurrirá aquel que tome en consideración las opiniones y los intereses de los demás.

Capítulo III
Dialéctica
Sección    I
Noción y división fundamental del argumento

1. Concepto del argumento. El argumento es al razona­miento lo que la proposición es al juicio. El argumento, como expresión verbal o escrita del razonamiento, presupone el lenguaje; y siendo éste el medio natural de transmisión del pensamiento, pre­supone a su vez el diálogo, que cobra especial vigor en la discusión o controversia, la cual implica el intercambio de argumentos entre dos o más adversarios. O dicho en otra forma: el argumento presupone la confrontación de pare­ceres ante un adversario.

2. División fundamental del argumento.
El argumento a de ser objeto de una bipartición fundamental, que es por una parte, la prueba, y por otra parte, la demostración.

Sección   II
Doctrina lógica de la argumentación

1. Fin y eficacia de la argumentación. La argumen­tación consiste en razonar para hacer evidente la verdad o la falsedad de una proposición, y por consiguiente, en atención a su fin, puede ser de dos maneras: fundamen­tarían o refutación.

Fuerza dialéctica es el valor racional de la argumen­tación para manifestar dicha verdad o falsedad, y desde este punto de vista la argumentación puede ser concluyente, cuando de un modo decisivo y terminante evidencia la verdad o falsedad de la proposición de que se trate, y me­ramente probable» cuando sin llegar a la evidencia se aproxima a ella. La demostración y la prueba, verificadas legítimamente, son argumentaciones concluyentes; la ana­logía, la congruencia y la hipótesis son meramente probables.

2. La demostración. Noción, principios en que des­cansa, y materia y forma de la misma.  La demostración consiste en la manifestación de la verdad, o en su caso de la falsedad, de una proposición abstracta, partiendo de otra proposición previamente admitida como verdadera y cierta, de manera que racionalmente resulte evidente: la conformidad, o en su caso la contradicción de la segunda proposición con la primera.

3. Ámbito de la demostración. la demostración procede advertir que no todas las tesis son demostrables, lo que equivale a decir que no es posible demostrarlo todo, del mismo modo que no es posible definirlo todo, o sea que la demostración, igual que la definición, tiene sus límites.

El límite inferior de la demostración lo constituyen las proposiciones expresivas de una percepción inmediata.

4. La prueba. constituye la base o el punto de partida del razonamiento inductivo; pero no agota todo el campo de la inducción, la cual, a la postre, de los hechos probados infiere leyes generales.

5. Argumentos probables. por razón de su fuerza dialéctica los argumentos se dividen en concluyentes, que son la demostración y la prueba, ya estudiados, y meramente probables, que son la analogía, la congruencia y la hipótesis. Estos argumentos no alcanzan a manifestar con certeza la verdad de las proposiciones sobre que versan, sino que solamente la manifiestan como probable.

6. Principales clases de argumentos. a) Argumento a priori y a posteríorí. — Argumento a priori (argumentum a priori) es la demostración cuyo fundamento es el principio real u objetivo de lo que se trata de demostrar; y argumento a posteriorí (argumentum a posteriorí) es la prueba que se basa sobre hechos constatados por la experiencia, y de la cual se puede concluir la realidad del fundamento de aquellos. Es decir, puede demostrarse una cosa por su fundamento (argumento a priori) o puede probarse el fun­damento por la cosa (argumento a posteriorí). El funda­mento puede referirse a la cosa cuyo es de dos maneras, a saber: bien como el principio a su consecuencia, y en tal caso la prioridad será metafísica, bien como la causa al efecto, y en este supuesto la prioridad será física.





Sección   III
Vicios de la argumentación

1. Falacia, paralogismo y sofisma.

Falacia: es un argumento falso, formulado con la intención de inducir a error.

Paralogismo: es simplemente un razonamiento incorrecto, el cual no implica de suyo ni la intención de engañar ni que su conclusión haya de ser necesariamente falsa.
Sofisma: es un paralogismo, hábilmente dispuesto, formulado deliberadamente con intención de inducir a error y que, por ello, conduce a una conclusión falsa, a la que se pretende dar apariencia de verdadera.

2. Clases de sofismas. Hay dos géneros de sofismas, según que el vicio radique en la pa­labra (in voce) o en la cosa (in re), a saber, sofismas ex dictione y sofismas ex rebus o extra dictionem.

a)   los principales sofismas ex dictione,  son:

1.     la equivocación u homonimia.
2.     la anfibología que es la equivocación recayente.
3.     sofisma de transito del sentido compuesto al divisivo.

b)   los principales sofismas ex rebus son:

1)    sofisma de transito de lo dicho simple o absolutamente a lo dicho de modo relativo.
2)    Sofisma de accidente.
3)    Ignorancia o mutación de la cuestión
4)    Sofisma de consecuente.
5)    Petición de principio.
6)    Sofisma de no causa por causa.
7)    El sofisma de pregunta compleja como simple.






Conclusión

En conclusión la lógica es de suma importancia ya que cada individuo nace con la capacidad de utilizar la lógica, sin que este se dé cuenta.

La lógica abarca o está relacionada con todas las actividades diaria de una persona, también es una ciencia formal y una rama de la filosofía que estudia los principios de la demostración e inferencia válida.

La palabra lógica significa "dotado de razón, intelectual, dialéctico, argumentativo", que a su vez viene  de la "palabra, pensamiento, idea, argumento, razón o principio".



















Bibliografía
Lógica para Juristas
Jaime M. Mans Puigarnau